Cumplimiento legal: una herramienta para asegurar la Sostenibilidad Ambiental

 

Medio Ambiente se define como el “conjunto de factores naturales, sociales, económicos y culturales que rodean al hombre” de acuerdo al Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA).

En 2021 el tema ambiental tomó una relevancia sin precedentes, de acuerdo al informe anual del PNUMA 40 naciones respaldan la transición hacia productos ecoeficientes, 270 bancos de 66 países han suscrito, al 2021, los Principios para una Banca Responsable a fin de alinear sus estrategias y prácticas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y el Acuerdo de París, juntos representan el 45% de los activos bancarios mundiales, 500 grandes empresas comparten una visión común de una economía circular para que el plástico nunca acabe siendo un desecho, estos números nos indican que a pesar de estos logros, queda mucho trabajo por hacer para abordar la triple crisis planetaria del cambio climático, la pérdida de la naturaleza y la diversidad biológica, y la contaminación y los desechos, por ello es importante reflexionar cuán importante es mantener una relación armoniosa con nuestro medioambiente, el espacio vital en el que vivimos, y las actividades productivas que necesitamos ejecutar para el desarrollo económico de forma que sea sostenible en el tiempo, es lo que se conoce como Sostenibilidad Ambiental.

Las organizaciones que buscan este equilibrio deben estar comprometidas con el fomento de una cultura que posibilite que sus trabajadores y/o proveedores tomen conciencia del impacto ambiental de sus actividades, de los productos y servicios que ofrecen, de forma tal que les permita promover el desarrollo económico, pero buscando impactar de forma mínima en el ambiente, procurando no amenazarlo ni degradarlo, sino conservar los recursos naturales existentes, para una mejora en la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras.

 

Una auditoria de cumplimiento legal puede contribuir significativamente de forma positiva para contar con suficientes elementos que aseguren una adecuada valoración de riesgos, pero principalmente, para asegurar la sostenibilidad ambiental de su operación.

Claudia Meléndez, Abogada y Consultora Ambiental de ZONE

Este proceso de investigación y análisis es conocido como proceso de Debida Diligencia. El proceso de debida diligencia pretende determinar de una manera cuantitativa o cualitativa, el impacto que las actividades de una empresa puedan tener sobre el ambiente. De hecho, uno de los objetivos principales de este proceso de estudio y análisis, es la determinación de posibles contingencias medioambientales asociadas a las actividades de la empresa, ayudando a evitar que impactos ambientales puedan reducir el valor de su operación, así como evitar posibles contingencias o responsabilidades por obligaciones determinadas por la legislación en la materia, o en el caso de adquisiciones de empresas que estas sean adquiridas sin conocimiento previo de tales contingencias. Una Debida Diligencia Ambiental es un tipo de investigación que idóneamente no debería limitarse al análisis y revisión documental; sino acompañarse de visitas de campo para conocer de primera mano el estado real de las operaciones de la empresa, circunstancias que difícilmente pueden evidenciarse con la simple revisión de la tenencia de los permisos emitidos por las Instituciones reguladoras, estas visitas de campo coadyuvan a calificar o verificar si un sitio se adecua a criterios ambientalmente aceptados, o a cuantificar el monto de inversión necesario para que este se encuentre en cumplimiento de la normativa ambiental, este último criterio puede influir en la determinación del precio de una transacción de adquisición.

Las Debidas Diligencias Ambiental se desarrollan en diferentes fases, por lo general la fase preliminar incluye revisión documental, verificación de los permisos aplicables, y del cumplimiento del marco legal. En la segunda fase podemos incluir estudios y análisis específicos, recolectar evidencias de manejo ambiental inadecuado e implicaciones legales. Finalmente, la fase de remediación en la cual se incluye la toma de acciones para sanear la contaminación y la estimación de tiempo y costos que estas medidas necesitarán.

Realizar un proceso de debida diligencia ambiental, de forma periódica se vuelve una herramienta para asegurar la sostenibilidad ambiental de los negocios porque permite:

 

  • Determinar y cuantificar las responsabilidades ambientales actuales y potenciales, que podrían impactar el medio ambiente, así como los riesgos que se pueden asumir como consecuencia de una transacción.

 

  • Establecer un monto económico que cubra riesgos ambientales, de la operación actual o futura, el cual en el caso de una transacción puede impactar significativamente en el establecimiento del precio.
  • Ayuda a las empresas a mejorar el posicionamiento de su marca y a acceder a posibles licitaciones, o recursos financieros

 

Nuevo Reglamento para la gestión integral de los residuos y desechos sólidos comunes en Guatemala

Se publica el reglamento que regirá la gestión de residuos en Guatemala  

El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales publicó el Acuerdo Ministerial No. 164-2021 que contiene Reglamento para la gestión integral de los residuos y desechos sólidos comunes. Dicho reglamento entra en vigencia el 11 de Agosto de 2021 y se destaca por los siguientes puntos: 

  • Fomentar la elaboración de planes municipales para la gestión integral de residuos y desechos sólidos. 
  • Detalle de cumplimiento de medidas de salud y seguridad ocupacional para toda persona (natural o jurídica) que opere o realice actividades vinculadas a la gestión integral de residuos y desechos sólidos. 
  • Fomento de las actividades industriales relacionadas con el reciclaje. 
  • Detalle de normas técnicas aplicables a actividades vinculadas con la gestión integral de residuos y desechos sólidos. 
  • Regulación sobre tratamiento de desechos sólidos comunes. 
  • Regulación para la disposición final de desechos sólidos comunes. 
  • Detalle de los permisos administrativos y autorizaciones gubernamentales para dichas actividades. 
  • Fomento de la economía circular. 
  • Infracciones y sanciones. 

ZONE cuenta con un equipo que puede brindarle asesoría especializada para estar en cumplimiento con la nueva regulación ambiental. Contáctenos a [email protected] o al teléfono +502 2225-7000. 

Prohibición de plásticos de un solo uso en Guatemala

El 20 de septiembre de 2019 el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales publicó el Acuerdo Gubernativo 189-2019 a través del cual se prohíbe a nivel nacional el uso y distribución de bolsas plásticas de un solo uso, pajillas (sorbetes) plásticas, platos y vasos plásticos desechables, mezcladores y agitadores plásticos desechables, contenedores o recipientes plásticos desechables para almacenar o trasladar alimentos; así como los productos de poliestireno expandido (duroport) utilizados para almacenar o trasladar alimentos. 

En ese entonces, se fijó el plazo de dos (2) años para para que todas las personas individuales o jurídicas que utilicen los productos ya mencionados, los sustituyan por artículos elaborados con materiales que cumplan con la norma de Unión Europea UNE-EN 13432. Dicho plazo vence el próximo 21 de septiembre de 2021. 

Recomendamos tener en consideración este tema ya que el Acuerdo Gubernativo no ha sido suspendido o derogado, y al estar vigente se convierte en una norma de cumplimiento obligatorio. 

ZONE cuenta con un equipo de profesionales experimentados que pueden asesorarles sobre los alcances de esta prohibición y el debido cumplimiento ambiental de su empresa en Guatemala. Para más información contáctenos al +502 2225-7000 o al correo [email protected]. 

Due Diligence Ambiental

Abril, 2018 

Por: Claudia Meléndez, Abogada & Consultora Ambiental de Zone 

Previo a realizar operaciones comerciales como fusiones, adquisiciones o financiamientos, es apropiado realizar una revisión previa de la gestión ambiental de las empresas involucradas. Esto con el fin de contar con suficientes elementos que aseguren una adecuada valoración de riesgos, pero principlamente, la sostenibilidad de la operación en su entorno. 

Este proceso de investigación y análisis es conocido como proceso de Debida Diligencia (Due Diligence). El proceso de debida diligencia en materia ambiental pretende determinar de una manera cuantitativa o cualitativa, el impacto que las actividades de una empresa puedan tener sobre el ambiente. De hecho, uno de los objetivos principales de este proceso de estudio y análisis, es la determinación de posibles contingencias medioambientales asociadas tanto a las actividades de la empresa como al inmueble en el cual esta desarrolla sus actividades, ayudando a evitar que problemas ambientales puedan reducir el valor de su negocio o propiedad, así como evitar posibles contingencias o responsabilidades por obligaciones adquiridas sin conocimiento previo. 

Un Due Diligence Ambiental es un tipo de investigación que idóneamente no debería limitarse al análisis y revisión documental; sino acompañarse de visitas de campo para conocer de primera mano el estado real de las operaciones de la empresa, circunstancias que difícilmente pueden evidenciarse con la simple revisión de la tenencia de los permisos emitidos por las Instituciones reguladoras, estas visitas de campo coadyuvan a calificar o valuar el monto de inversión necesario para adecuar un sitio a criterios ambientalmente aceptados, lo que influye de forma significativa en la tasación del monto de la transacción. 

Los estudios de Due Diligence Ambiental se desarrollan en diferentes fases, la profundidad de cada una dependerá del alcance determinado por el cliente. Por lo general la fase preliminar incluye la revisión documental, verificación de la existencia de los permisos aplicables a la actividad de la empresa, un análisis preliminar del sitio y la verificación del cumplimiento del marco legal aplicable. En la segunda fase podemos incluir estudios y análisis específicos, recolectar evidencias de manejo ambiental inadecuado e implicaciones legales ambientales. Finalmente, la fase de remediación en la cual se incluye la toma de acciones para sanear la contaminación y la estimación de tiempo y costos que estas medidas necesitarán. 

Podemos considerar que incluir el tema ambiental dentro del proceso de debida diligencia ambiental es sumamente importante ya que permite: 

  1. determinar y cuantificar las responsabilidades ambientales actuales y potenciales, así como los riesgos que se pueden asumir como consecuencia de esta transacción, 
  1. establecer un monto económico que cubra riesgos ambientales, de la operación actual o futura, el cual puede impactar significativamente en el establecimiento del precio de la transacción, 
  1. permite conocer la inversión económica necesaria para adecuar el inmueble o empresa en cuestión a criterios ambientalmente razonables 
  1. verificar el cumplimiento de la normativa vigente y aplicable. 

Por ello, omitir esta materia tan esencial en un proceso de debida diligencia, podría implicar enormes costes derivados de los daños ambientales que pueden producirse de la actividad de la empresa que se dejaron sin estudio y análisis, y a futuro la paralización y hasta posible cierre de las operaciones de la misma. 

Carbono Neutro – ABC de la Carbono Neutralidad

¿Qué es Carbono Neutro y a quién le aplica? 

Ser Carbono Neutro significa que la producción de un bien, la provisión de un servicio o su consumo no haya emitido más gases efecto invernadero a la atmósfera que los que se hayan podido capturar o remover. 

Es por esto, que la Carbono Neutralidad es aplicable a toda organización, indistintamente su giro de negocio o tamaño de la misma (i.e. oficina, universidad, hoteles, restaurantes, industria), puesto que estas generan emisiones de dióxido de carbono (CO2), siendo las más frecuentes el consumo de electricidad, combustibles, refrigerantes, extintores, lubricantes, y el manejo de sus residuos. 

¿Por qué ser Carbono Neutro? 

Las mayores ventajas que representa para una organización son las siguientes: 

  1. Imagen y posicionamiento.

Permite a la organización posicionarse con ventaja en la mente del consumidor y diferenciarse de la competencia. 

  1. Potenciación de ventas.

El nuevo consumidor es cada día más responsable con la sociedad y el ambiente, por lo que estos estarían dispuestos a utilizar productos o servicios con características eco amigables. 

  1. Reducción y control de costos.

La implementación consciente y voluntaria de medidas de mitigación de huella de carbono, lleva al descubrimiento y eliminación de ineficiencias en los procesos operativos, un uso eficiente y razonable de sus recursos, cuyo resultado es un ahorro económico considerable. 

  1. Mayor facilidad en la apertura de mercados.

La obtención de una Certificación de Carbono Neutralidad representa una herramienta de competitividad de gran valor para la empresa en un mercado que ya demanda o espera pruebas de compromiso ambiental. 

  1. Otros beneficios.

Un impacto positivo en la moral y cultura de la empresa, mayor facilidad para la contratación de personal de calidad, y aumento de credibilidad delante de clientes, suplidores y la sociedad en general. 

¿Cómo ser Carbono Neutro y quien puede apoyarme en este proceso? 

Ser Carbono Neutro no significa evitar el uso de fuentes de generación, sino de lograr un balance entre la generación y la reducción de estos. De forma breve, la Carbono Neutralidad se consigue en el siguiente orden. 

  1. Cuantificación.

Se logra mediante la identificación de las fuentes de generación y cuantificación de las emisiones producidas por estas en un período verificable. 

  1. Reducción.

Mediante el uso racional de sus recursos, optimización y aprovechamiento de fuentes de energía alternativas, al igual que con el manejo adecuado de sus residuos (i.e. campañas de reciclaje). 

  1. Remoción.

Por medio del establecimiento de proyectos específicos que muestren la captura de CO2 a través de la actividad fotosintética (i.e. desarrollo de plantaciones forestales) o por la compra de Certificados de Carbono. 

Adicionalmente a lo anterior, y con el objetivo que la organización realmente pueda utilizar el carácter de Carbono Neutro, debe contar con una certificación emitida por terceros independientes, locales o internacionales, con base en normas, protocolos o procedimientos debidamente establecidos y reconocidos internacionalmente (i.e. ISO 14064). 

Debido los beneficios ambientales y económicos que esto conlleva, consideramos que toda organización debería de certificarse como Carbono Neutro, por lo que puede contar con el apoyo de ZONE para la implementación del Sistema de Gestión de Carbono Neutro hasta que la empresa pueda contar con su Certificación. 

El deber de reciclar:

El reciclaje es fundamental para lograr el objetivo mundial de consumo responsable, e inclusive constituye un deber legal en muchos países, dentro ellos, Costa Rica. A través del consenso de países, la ONU incluyó el reciclaje como una de las actividades necesarias para cumplir con los objetivos de desarrollo sostenible, que buscan poner fin a la pobreza, proteger al planeta y garantizar la paz y prosperidad de todas las personas. 

Parte de lo que entendemos por consumo responsable es el aprovechamiento máximo de los bienes y servicios que se producen; viéndolo de otro modo, implica reducir al máximo el desperdicio de recursos preciados que pueden ser aprovechados por otros. 

Por ello, para lograr el objetivo mundial de consumo responsable, es fundamental el RECICLAJE, que significa: 

* La transformación de los residuos. 

* Para restituir su valor económico y energético. 

* Evitando su disposición final. 

* Siempre que la restitución resulte en un ahorro de energía y materias primas, y el material reciclado no suponga un peligro para la salud y el ambiente. 

Según esta definición formal, no se considera reciclaje la simple reutilización de materiales cuando para ello se incurren en mayores gastos energéticos y de materiales, que los que serían necesarios para elaborar un producto con materia prima nueva. 

En buena parte de los países del mundo, reciclar no es una opción, sino una obligación impuesta por las autoridades. Desde Costa Rica, la ley expresa claramente que todas las personas que generen o posean residuos deben: 

* Reducir lo más posible la generación de residuos. 

* Separar los residuos desde la fuente, clasificarlos y entregarlos a un gestor autorizado o sistema municipal. 

* Manejar los residuos que posea de forma que no se ponga en peligro el ambiente o la salud, ni ocasionen molestias visuales o por malos olores. 

Los residuos deben ser separados y clasificados en las siguientes categorías: 

* Ordinarios: aquellos de carácter doméstico, como el papel, plástico, vidrio etc. 

* Residuos Peligrosos: que tienen características tóxicas, radioactivas, explosivas, inflamables y bio infecciosas que puedan causar daños. Entre este tipo de residuos encontramos: trapos impregnados de combustibles, jeringas usadas y contenedores de material corrosivo. 

* Residuos de Manejo Especial: aquellos que por su composición, necesidades de transporte, almacenamiento y uso, implican un riesgo a la salud o el ambiente. Ejemplos de ellos son las llantas, baterías de automóvil y refrigerantes. 

Las normas en materia de residuos imponen que la separación y clasificación de los residuos debe hacerse desde la fuente generadora, esto para facilitar el aprovechamiento de las materias valorizables, pero también para evitar que con la mezcla de residuos de diferente categoría pueden contaminarse otros. Así, se entiende que si un residuo peligroso entra en contacto con un residuo ordinario, este último adquiere características de peligrosidad. 

La forma de deshacerse de los residuos variará dependiendo del tipo de residuo. En el caso de los residuos de tipo ordinario, estos deben entregarse ya separados y clasificados a la Municipalidad. No obstante, también puede acordarse la entrega de estos a gestores autorizados o compradores de materia prima usada. 

Los residuos peligrosos deben ser entregados a gestores específicamente autorizados para el manejo del residuo en cuestión. El generador que transfiera sus residuos debe asegurarse de dejar registrada la entrega a través de manifiestos de entrega-transporte-recepción, de lo contrario, puede ser responsable de cualquier daño que pueda generar una eventual mala gestión del residuo. 

En cuanto a los residuos de manejo especial, cada tipo de residuo tiene su forma de disposición que se encuentra en las indicaciones del producto o debe consultarse al momento de la compra. Un ejemplo es el caso de las llantas de automóvil, que usualmente se dejan en los establecimientos que las cambian. 

No es de extrañar que el Programa de las Naciones Unidas para Desarrollo haya contemplado dentro de sus 17 objetivos inmediatos, la gestión responsable de los residuos, pues son indudables los efectos positivos que esta actividad genera para la prevención de enfermedades y conservación del medio ambiente. 

No obstante, con la aplicación de medidas de consumo responsable, también pueden alcanzarse otros objetivos relacionados con el bienestar económico. Un caso de éxito en esta materia fue logrado en nuestra propia organización, que a través del reúso de papelería, hemos logrado reducir en 80% nuestro consumo de papel y los gastos que lo acompañan.

“FSC presenta nuevo procedimiento para la promoción y protección de los bosques”

El pasado 22 de mayo el Consejo de Administración Forestal (FSC), presento el nuevo procedimiento de servicios del ecosistema, una iniciativa a nivel global que busca crear incentivos para preservación de los valiosos servicios que los bosques prestan al planeta. 

La FSC es una organización no gubernamental que se dedica a la acreditación y certificación de entidades públicas y privadas que den manejo ambientalmente apropiado, socialmente benéfico y económicamente viable de los bosques del mundo. Sus labores son de gran valor para alcanzar el objetivo mundial preservación de la vida y los ecosistemas terrestres planteado por la Organización de las Naciones Unidas. 

El nuevo procedimiento estará disponible para su implementación a partir del 21 de agosto de 2018, y planea proveer ayudas económicas adicionales a los propietarios forestales, a los pequeños propietarios y a las comunidades para implementar las herramientas necesarias para hacer seguimiento y verificación de los impactos positivos que sus esfuerzos de conservación generan sobre el ecosistema. 

Dentro de los beneficios que generan los bosques al ecosistema, podemos enumerar los principales: 

  • Transformación del dióxido de carbono (CO2) en aire. Evitando así, emisiones de gases de efecto invernadero y mitigando el peligro de calentamiento global. 
  • Infiltración controlada de aguas al subsuelo. A través de las raíces y del follaje, el agua de lluvia penetra lentamente el suelo, abasteciendo de agua las cuencas subterráneas, al mismo tiempo que evita la erosión y movimientos de tierra. 
  • Proporcionar hogar y alimento a gran parte de la biodiversidad terrestre. 
  • Servir de corredor biológico a gran cantidad de especies. 
  • Sirve de plataforma para que se generen otros servicios indispensables para la vida en el planeta, como el enriquecimiento del suelo y la polinización de plantas que brindan alimento a toda la vida terrestre, incluyendo la humana. 

El valor económico que se le puede asignar a los bosques trasciende por mucho el valor de su madera en pie.  El ecosistema brinda múltiples servicios y externalidades positivas que no han sido debidamente valoradas. Esta iniciativa atiende esta realidad y será de gran beneficio para promover los esfuerzos de recuperación y conservación de estas áreas. 

Nuevo Reglamento para la perforación de pozos y aprovechamiento de aguas subterráneas en Costa Rica

El viernes 10 de septiembre pasado se publicó el nuevo Reglamento para la perforación de pozos y aprovechamiento de aguas subterráneas, que ya se encuentra en vigencia. A continuación, compartimos los aspectos más importantes del reglamento. 

Regulación para la habilitación de un pozo 

  1. La DIRECCIÓN DE AGUA asume el rol de ventanilla única de los trámites de perforación y dará audiencia a SENARA y al AYA. Esto quiere decir que ya no se tendrá que acudir a SENARA para el registro de pozos, sino que esto se hará todo bajo el trámite que instruye la DIRECCIÓN DE AGUA.
  2. El reglamento define las competencias de cada una de las instituciones involucradas:
  • Al AYA sólo le corresponde pronunciarse sobre la afectación de una eventual perforación hacia las fuentes de agua que opera el AYA o las ASADAS bajo su control. 
  • A la DIRECCIÓN DE AGUA le corresponde resolver el permiso de perforación con fines exploratorios. Además, le corresponde analizar y definir sobre interferencia entre pozos y cuerpos de agua y emitir la recomendación al MINAE sobre el otorgamiento de la concesión. 
  • Al SENARA, una vez perforado el pozo, le corresponde pronunciarse sobre las condiciones finales de este (profundidad, diámetro, encamisado, sellos sanitarios) en relación con la caracterización del acuífero. 
  1. Se establece que, para pozos en la modalidad de autoabastecimiento en condominio, la perforación debe realizarse dentro del condominio y en un área común.
  2. El trámite de perforación se realizará en conjunto con la solicitud de concesión, por lo que desde ese momento debe tenerse claro la cantidad de agua a solicitar y sus usos.
  3. La solicitud de perforación sólo puede realizarla el propietario o poseedor del terreno.
  4. El plazo para otorgar el permiso de perforación es de 7 días hábiles.
  5. El sitio de la perforación se podrá ubicar dentro de un margen máximo de + 20 metros del punto autorizado.
  6. La perforación deberá realizarse dentro del plazo de un mes después otorgado el permiso, la prórroga de este plazo debe pedirse con 10 días de anticipación.
  7. Tanto el informe de perforación como la prueba de bombeo deben presentarse dentro de los 10 días siguientes a la perforación:
  • Si la concesión es para uso poblacional o autoabastecimiento en condominio, la prueba de bombeo debe durar 72 horas. 
  • Para cualquier otro uso, la prueba será hasta de 24 horas. La redacción da a entender que el período puede ser menor.  
  1. Se establece que el radio de 40 metros protección de los pozos no debe traspasar los linderos de la propiedad. Por lo que no podrá perforarse ningún pozo a menos de 40 metros de los límites de la propiedad.
  2. Intrusión Salina: Ya la DIRECCIÓN DE AGUA no solicitará estudios de intrusión salina a todo pozo que este a menos de 1 km del mar. Pero si, en base a diversos criterios técnicos, concluye que hay riesgo de intrusión salina, solicitará al concesionario la presentación trimestral de informes de calidad de agua. Dicho deber se notificaría en la resolución que otorgue la concesión.
  3. Luego de que se presenten todos los estudios y se publiquen los edictos, la DIRECCIÓN DE AGUA tiene un mes para resolver la habilitación del pozo.

Regulación para la Concesión de Agua Subterránea. 

  1. El proceso de concesión para el aprovechamiento del agua iniciará sólo cuando la DIRECCIÓN DE AGUA tenga por habilitado el pozo. 
  1. Se permite una solicitud de concesión para una propiedad distinta a aquella en donde se encuentra la perforación: en caso de que la propiedad donde se ubica la perforación no corresponda con la del aprovechamiento, se deberá aportar autorización del propietario del terreno donde se captará el agua. Esto no aplica cuando la solicitud sea para el abastecimiento de agua para consumo humano poblacional. 
  1. Se establece que la Dirección de Agua debe emitir el proyecto de otorgamiento de la concesión para la firma del MINAE, dentro del plazo de un mes después de emitida la recomendación técnica. Sin embargo, no se establece plazo para la emisión de esta recomendación técnica. 
  1. El MINAE tiene un plazo legal para aprobar la concesión de un mes luego de recibido el proyecto de resolución de la DIRECCIÓN DE AGUA. 

Degradación de los suelos en Nicaragua

Para continuar con la vida terrestre tal y como la conocemos, se debe impulsar un adecuado manejo de los suelos, con el fin de evitar su degradación. El término “Degradación de Suelos”, de conformidad con lo establecido por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en Ingles), es definido como: “un cambio en la salud del suelo resultando en una disminución de la capacidad del ecosistema para producir bienes o prestar servicios para sus beneficiarios”. 

Las causas y consecuencias más comunes en Nicaragua sobre la degradación de los suelos son las siguientes: 

  • Degradación química: El uso extensivo de plaguicidas provoca un envenenamiento del suelo, lo que afecta adversamente la capacidad de que se reintegren los elementos físicos y químicos propios de este. 
  • Pastoraje expansivo: Producto de la ausencia de un sistema de plantaciones establecido para este fin. Los rebaños pastan libremente sin tener ninguna restricción, por lo que gran parte de la cobertura vegetal existente se ve afectada. 
  • Erosión física: La ausencia de cobertura vegetal producida por la quema de las pasturas, corte de todo el rastrojo y tala de árboles, hace que se generen sedimentos o fracturas en los terrenos. 

De acuerdo con estudios del Centro Internacional de Agricultura Tropical (CIAT), la degradación de los suelos en Nicaragua es alarmante y amenaza no solo la producción, sino la salud y alimentación de los habitantes en las zonas del Pacífico y Centro, debido a que la recuperación del suelo es cuarenta veces más lenta que el resto de países en la región. 

Con el objetivo de mitigar el impacto en los suelos, es necesario de políticas públicas y privadas, para lo cual el CIAT junto con la Universidad Nacional Agraria (UNA), con el apoyo del Instituto Nicaragüense de Tecnología Agropecuaria (INTA), han desarrollado mapas actualizados sobre el uso del suelo en Nicaragua. 

Adicionalmente, es de carácter primordial concientizar a los agricultores para que modifiquen sus prácticas de producción, y realicen de manera inmediata al menos las siguientes prácticas amigables con el medio ambiente. 

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  • Promover el uso de abonos orgánicos, en lugar de los componentes químicos. 
  • Desarrollar sistemas silvopastoriles, es decir que el ganado paste en extensiones de terrenos boscosos. 
  • No realizar quemas agrícolas, desarrollar plantaciones forestales, y evitar la tala de árboles indiscriminada. 

Preservación del Recurso Hídrico

El recurso hídrico en Guatemala es abundante, cuenta con una gran cantidad de ríos y lagos en todo el territorio. 

Dentro de los cuerpos de agua más importantes, se puede mencionar el Lago de Atitlán, localizado en el departamento de Sololá.  Es un área protegida bajo la categoría de reserva de usos múltiples.  Derivado de esta categoría posee una autoridad de carácter técnico y científico denominada Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca del Lago de Atitlán y su Entorno –AMSCLAE-. 

Este lago, se encuentra rodeado de una serie de municipios y comunidades indígenas que viven del turismo siendo ésta una de las principales fuentes de ingreso económico. Asimismo, existen gran cantidad de hoteles que prestan servicios de turismo y alojamiento. Tanto las comunidades como los hoteles han generado contaminación hacia el lago, debido a las descargas de aguas residuales, residuos sólidos, erosión y correntías provocando daños considerables al mismo. 

De esta cuenta, en octubre de 2016, la Municipalidad de San Pedro La Laguna emitió un acuerdo municipal en donde prohíbe la venta y distribución de bolsas plásticas, duroport (Estereofón) y pajillas, sancionando con una multa pecuniaria el uso de éstos. 

En el año 2017, las comunidades indígenas que se encuentran alrededor del lago, se organizaron con la finalidad de apoyar la iniciativa planteada por la Municipalidad de San Pedro La Laguna, ya que los recursos naturales son importantes desde sus tradiciones ancestrales y cosmovisión maya, por tanto también rechazaron el uso de pajillas, bolsas plásticas y duroport. 

Parte de las actividades que las comunidades están realizando es la venta de bolsas de tela indígena para uso en los mercados, o vender servilletas de tela para poder entregar tortillas a los pobladores. También realizan actividades de reciclaje para evitar las descargas de aguas residuales o residuos sólidos. 

Implementemos medidas preventivas para conservar el recurso hídrico, garantizándole el disfrute de este vital líquido a las generaciones futuras.