Se emiten las reglas que regirán la prohibición del Estereofón en Costa Rica

By zone_admin | 20 de mayo de 2022 | Blog

Esta semana se publicó el Reglamento a la Ley que prohíbe el poliestireno expandido (estereofón) que enumera las excepciones por medio de las cuales se podrá comercializar productos que contengan dicho material, de la siguiente manera: 
  1. Productos de poliestireno expandido expresamente excluidos de la prohibición: 
  • Los embalajes de electrodomésticos y afines. 
  • Los usos industriales. El reglamento no especifica qué debe entenderse como tales. 
  • Los usos en equipo de protección personal (Ej: Cascos) 
  • Los equipos flotadores para salvamento acuático. 
  •  Los usos como aislante térmico o acústico. 
  • Los empaques secundarios que no tengan contacto directo con la sustancia o embalajes para vacunas y medicamentos. 
  •  Los empaques o embalajes para productos que satisfagan necesidades médicas particulares de alimentación, de preparados para lactantes, y suplementos a la dieta, que no tengan contacto directo con el alimento. 
  • Los productos usados como acabados en proyectos constructivos, en que el material esté inmovilizado durante la vida útil del edificio y sea requerido para su funcionabilidad. 
  • Productos cuyo importador o productor se responsabilice de su correcta disposición final. 
Adicionalmente a los productos señalados en el titulo anterior, se pondrá a comercializar cualquier empaque o embalaje de poliestireno expandido, que no tenga contacto directo con su contenido, siempre que su importador o productor cuente con un sistema de recolección que permita su aprovechamiento energético, reciclaje o destrucción a través de un gestor de residuos autorizado por el Ministerio de Salud.  Para ello, debe seguirse lo establecido en el Reglamento para la Declaratoria de Residuos de Manejo Especial, sobre las unidades de cumplimiento conformadas por las empresas que deban asegurarse de la correcta gestión de los residuos que sus productos generan.   
  • Cuando no haya materiales alternativos viables desde el punto de vista ambiental. 
Otra excepción a la prohibición aplica a aquellos productos que por razones de conservación o protección del contenido, no sea ambientalmente viable el uso de materiales alternativos.  Para optar por esta excepción debe presentarse una solicitud ante la Dirección de Protección Radiológica y Salud Ambiental del Ministerio de Salud, indicando el tipo de producto en cuestión, los materiales del empaque y detallar cual es el riesgo que se generaría en caso de que no se utilizará poliestireno expandido, para el medioambiente, el usuario o terceros.  El Ministerio de Salud contará con un plazo de 10 días hábiles para aprobar las solicitudes de excepción y estas tendrán una vigencia de 2 años.  Finalmente, debe tenerse en cuenta que este reglamento desarrolla lo establecido en la Ley para la prohibición del poliestireno expandido, que entrará en vigor en agosto de 2021.